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Santo Domingo

La institucionalidad del Estado

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Por JUAN T H

Se supone que el Estado está formado por tres poderes, independiente uno del otro: Ejecutivo, Justicia y Congreso. Ninguno está subordinado al otro. Pero en nuestro país el Ejecutivo se impone sobre los otros, es lo que se llama un sistema presidencialista que anula a los demás, que es precisamente lo que desea eliminar el presidente Luís Abinader para fortalecer el sistema democrático, logrando que las instituciones funcionen.

El presidencialismo, dice Rodrigo Borjas en su famosa enciclopedia política, “es el conjunto de fundamentos y características del régimen presidencial, en que el presidente es, al propio tiempo, el jefe del Estado y el jefe del gobierno y reúne, por tanto, los poderes representativos inherentes a su primera calidad con los poderes políticos y administrativos de la segunda”.

Si queremos fortalecer la democracia en sentido pleno y riguroso, es necesario terminar con el presidencialismo. Cada poder tiene que jugar el rol señalado por la Constitución. El presidente de la República no puede ser “ley, batuta y constitución”, como en la dictadura. Eso ya no es posible, por lo menos en un régimen auténticamente democrático.

El presidente designa los jueces, fiscales y determina el presupuesto del sistema judicial. Es dueño del Consejo Nacional de la Magistratura, quitándole su independencia, y por lo tanto su poder. Habría que modificar la Constitución actual para darle al poder judicial su independencia plena. No basta con designar un Procurador o procuradora “independiente”, cosa que no existe. La independencia la da la ley, no una persona.

Igualmente el Congreso está sujeto a las decisiones del Ejecutivo, cuando lo controla el partido de gobierno.  No hay contrapeso en ese escenario

No obstante  las facultades del jefe del Estado están consignadas en la Constitución, al igual que las de la Justicia y el Congreso. El mandatario no tiene que inmiscuirse en los asuntos de la justicia, ni del Congreso. Sin embargo no ocurre así. Lamentablemente para la democracia que tan cara nos sale.

No es el presidente quien nombra los miembros de la Cámara de Cuentas ni de la Junta Central Electoral, es el Senado. El mandatario no tiene (o no debe tener) “vela en ese entierro”, como dice la gente del pueblo.

El artículo 180 de nuestra Carta Magna dice, en lo relativo a las funciones del Senado: “elegir a los miembros de la cámara de cuentas de la ternas presentadas por la cámara de diputados, con el voto de las dos tercera parte de los senadores presentes”.

“Elegir a los miembros a la Junta Central Electoral y sus suplentes con el voto de las dos tercera partes de los presentes”. Como puede leerse, el presidente no interviene en esos asuntos, son atribuciones exclusivas de los senadores. ¿Por qué tiene entonces que el presidente decidir quien preside y quienes forman parte del órgano que organiza y regula las elecciones donde se eligen los funcionarios públicos incluyendo al propio mandatario?

Si vamos a fortalecer las instituciones del Estado, si vamos a respetar la independencia de los poderes, hagámoslo tanto en uno como en otro. Que el Ejecutivo, Judicial y Congresual estén separados. El presidente Luís Abinader cumplió con su promesa de escoger un o una procuradora “independiente”, en lo que no creo, con lo cual la llamada sociedad civil, en la que tampoco creo, porque no se moja el trasero pero se come los mejores pescados, debe sentirse altamente complacida. Hasta ahí las funciones del Presidente.

Hace días escribí en mi cuenta de twitter: “No sé cómo “la sociedad civil” se convirtió en un partido político que sin estar reconocido como tal y sin ir a las urnas, parece haber ganado las elecciones y el gobierno. (Caso único en la historia)

Un Estado Democrático de Derecho comienza por  respetar y hacer respetar la Constitución de la República en todos sus aspectos, no en los que nos conviene en un momento determinado.

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