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Santo Domingo

Presentan recusación y querella en contra de juez Tribunal de Tierras de Higüey, Magistrado Manuel de Jesús Sánchez Ceballos

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La Presidencia del Tribunal Superior de Tierras del Departamento Este fue apoderada de una recusación en contra del Magistrado Juez del Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de Higüey, Lic. Manuel de Jesús Sánchez Ceballos.

La instancia de recusación fue sometida por el abogado Pompilio Ulloa bajo el fundamento de que el Juez ha manifestado interés personal en el expediente, lo que lesiona el artículo 69.2 de la Constitución, así como por violación del ordinal 15, literal e del Código de Comportamiento Ético del Poder Judicial y de los artículos 44. 3 y 65.7 de la Ley 327-98 de Carrera Judicial, los cuales contienen prohibición a los jueces de reunirse de manera privada y unilateral con una sola de las partes en ausencia de la otra.

Igualmente en contra del referido juez fue sometida una denuncia – querella ante la Dirección General de Inspectoría Judicial por violación del artículo 69.2 de la Constitución, del ordinal 15, literal e del Código de Comportamiento Ético del Poder Judicial y de los artículos 44. 3 y 65.7 de la Ley 327-98 de Carrera Judicial.

Con motivo de la indicada recusación el Tribunal Superior de Tierras del Departamento Este deberá, luego de examinado sus méritos, designar otro Magistrado, a los fines de que dicte la decisión correspondiente, en vista de que el expediente se encuentra en estado de fallo.

En relación a la denuncia – querella presentada por ante la Dirección de Inspectoría General del Consejo del Poder Judicial, dicho órgano procederá a realizar las investigaciones de lugar sobre los hechos denunciados y, en caso de que los mismos reúnan mérito, ese órgano procederá a la realización de la correspondiente acusación, a los fines de juzgar al Magistrado Manuel de Jesús Sánchez Ceballos por los ilícitos disciplinarios imputados en su contra.

El expediente producto del cual han surgido tanto la recusación como la querella-denuncia disciplinaria se refiere a una litis sobre derechos registrados interpuesta en virtud de que para el desarrollo del proyecto turístico VISTACANA sus propietarios han ocupado el inmueble litigioso, lo han urbanizado y hasta lo han ofertado en venta a terceros a través de la construcción de villas y otras amenidades que ofrece el proyecto.

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