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Santo Domingo

Tribunal Constitucional anula resolución ministerial sobre trabajo doméstico

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El Tribunal Constitucional anuló la resolución número 14-2022, “sobre adopción y armonización de medidas atinentes al mejoramiento del cumplimiento del Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)” que el Ministerio de Trabajo emitió el 25 de agosto de 2022 para regular el oficio de las trabajadoras domésticas.

“ACOGER la acción de inconstitucionalidad anteriormente descrita y, en consecuencia, DECLARAR no conforme con la Constitución la Resolución núm. 14-2022, sobre adopción y armonización de medidas atinentes al mejoramiento del cumplimiento del Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), emitida por el Ministerio de Trabajo del veinticinco (25) de agosto de dos mil veintidós (2022)”, se lee en la sentencia.

El Tribunal Constitucional (TC) declaró no conforme con la Constitución la resolución en cuestión atendiendo un recurso interpuesto por Luis Vilchez Bournigal.

De acuerdo al Ministerio de Trabajo, el objeto principal de dicha resolución es poner en práctica el Convenio 189 de la OIT sobre trabajo decente para los trabajadores domésticos, quienes se dedican a tareas propias del hogar o de otro sitio de residencia o habitación particular.

Las resoluciones 14-2022 y 11-2022 del Comité Nacional de Salario fijó un salario mínimo de RD$10 mil pesos para las empleadas domésticas, así como ser registradas en la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) y otros beneficios como pensiones solidarias y seguro de riesgos laborales, derecho al pago de salario de Navidad y vacaciones no disfrutadas y todos los beneficios contemplados en el Código Laboral de los que disfrutan los demás empleados formales.

Además se prohíbe a las agencias de empleo privadas realizar descuentos a las remuneraciones de estos trabajadores y contratar personas menores de 18 años.

La normativa contempla que las trabajadoras que al momento de aprobada la tarifa disfruten de un salario superior al fijado en RD$10 mil pesos, no se les podrá reducir el ingreso, de conformidad con las previsiones del artículo 217 del Código de Trabajo, sin perjuicio de que dicho salario se mejore por convenio entre las partes.

El plan piloto de la regulación del trabajo doméstico fue puesto en marcha el pasado 19 de diciembre.

El Tribunal Constitucional, a través de esta medida, ordenó la comunicación de la sentencia, por Secretaría, a la parte accionante, a Vilchez Bournigal, al Ministerio de Trabajo, al Congreso Nacional y a la Procuraduría General de la República.

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