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Aprobada ley sobre digitalización de procesos judiciales

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Con el objetivo de evitar la revictimización, el Senado aprobó este miércoles en dos lecturas un proyecto de ley que permite que las víctimas de violencia sexual, intrafamiliar y de género acusan a los juicios de forma virtual para no tener contacto directo con sus agresores.

El proyecto que aprobaron los senadores es el que regula el uso de los medios digitales en el Poder Judicial, una iniciativa que nació desde la Suprema Corte de Justicia y que fue asumida por el presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco.

En uno de sus artículos, el proyecto aclara que todos los juicios penales de efectuarán por obligación de forma presencial, pero abre la puerta a que los procesos relacionados con violencia sexual, intrafamiliar o de género permitan a las víctimas participar de forma virtual.

Según el proyecto aprobado, la vulnerabilidad de las víctimas y los efectos de la revictimización podrían llevar a que el juez autorice su participación a través de plataformas digitales.

La iniciativa modifica el artículo cinco de la ley vigente que actualmente establece el uso de las plataformas digitales como una “medida alternativa” para el servicio de administración de justicia.

En cambio, el proyecto aprobado por los diputados dispone que “la tramitación ante el Poder Judicial se realizará de manera digital” y elimina la palabra “alternativa”.

Sin embargo, el proyecto establece que la digitalización no podrá convertirse en una barrera para acceder a la justicia.

En ese sentido, el mismo artículo garantiza el derecho a realizar los trámites de manera presencial a las personas que declaren no contar con los medios técnicos, conectividad o formación tecnológica necesaria.

Otro de los cambios incorporados al proyecto está relacionado con la firma digital y contempla que jueces, secretarios, servidores judiciales y oficiales de la justicia puedan utilizar firma digital para rubricar sentencias, resoluciones, autos y otros documentos vinculados con procesos judiciales o administrativos.

En cuanto a las audiencias, el proyecto mantiene la posibilidad de celebrar vistas o acciones jurisdiccionales de manera virtual en todas las materias, con excepción de la materia penal.

Por Norberto Rubio

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