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Santo Domingo

Decreto 615-26 sobre terrorismo medioambiental en el país

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El Poder Ejecutivo declaró de alto interés nacional y de prioridad estratégica para la seguridad del Estado la prevención, detección, investigación y combate del denominado “terrorismo medioambiental”, mediante el Decreto 615-26, firmado este miércoles 2 de septiembre por el presidente Abinader.

La disposición establece una serie de medidas para fortalecer la protección de los recursos naturales y de infraestructuras ecológicas consideradas estratégicas para el país.

La lectura del decreto estuvo a cargo del Subconsultor Jurídico del Poder Ejecutivo Mairení Rivas Polanco, en el Palacio Nacional.

Uno de los puntos centrales está contenido en el artículo 4, que ordena al Ministerio de Defensa, al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, al Ministerio de Interior y Policía, al Ministerio de Justicia, a la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI), a la Dirección General de Migración, a la Dirección Nacional Antiterrorista y a la Dirección de Inteligencia del Estado Mayor Conjunto crear, en coordinación con el Ministerio Público cuando corresponda, una Política Nacional de Prevención contra el “terrorismo medioambiental”.

Esta política deberá estar orientada a tres áreas principales:

– La protección de cuencas, bosques y áreas protegidas.

– La prevención de incendios forestales provocados.

– La protección de las infraestructuras de agua potable, saneamiento y energía, incluidas las redes de distribución eléctrica.

El decreto aclara que no está creando un nuevo delito. Define el “terrorismo medioambiental”, para fines administrativos, preventivos y de coordinación entre instituciones, como aquellos actos contra recursos naturales, ecosistemas o infraestructuras ecológicas estratégicas que, por sus medios, gravedad y finalidad, reúnan los elementos establecidos como infracción de terrorismo en la Ley 267-08 sobre Terrorismo y demás legislación penal aplicable.

El artículo 1 precisa que la disposición no crea un nuevo tipo penal ni modifica o amplía los elementos de los delitos ya establecidos en las leyes dominicanas.

Por Norberto Rubio

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