La presencia ilegal en los Estados Unidos tiene sus consecuencias, y empieza a contarse a partir del día que se vence el tiempo autorizado para su estadía y para los casos de entrada sin inspección, es decir sin haber obtenido un visado, el conteo inicia partiendo de la fecha que el extranjero ingresa ilegalmente, siendo la permanencia ilegal una de las causas más comunes de inadmisibilidad a los Estados Unidos.
Para una presencia de más de 180 días y menor a un año en una sola estadía, el periodo de inadmisibilidad al país es de 3 años, es decir que a partir de ese periodo se levanta el castigo recibido por la permanencia sin estatus dentro de los Estados Unidos y cualquier solicitud de reingreso antes de cumplirse ese plazo, le será rechazada bajo la sección de la ley 212(a)(9)(B)(i)(I), sin embargo, para una estadía ilegal que sobrepasa el año la prohibición de entrada es de 10 años, al solicitar un ingreso previo al cumplimiento de esa penalidad le será denegado, según lo establece la sección de la ley 212(a)(9)(B)(i)(II).
Estos periodos reglamentarios de inadmisibilidad se contabilizan a partir de la fecha de salida de los Estados Unidos.
Es importante destacar que, aunque el extranjero haya salido de manera voluntaria de los Estados Unidos, según el cumulo de su estadía sin estatus legal le será impuesta la barrera de los 3 o los 10 años.
Solo a través de un perdón es posible que una persona que haya permanecido ilegalmente en los Estados Unidos pueda reingresar sin tener que esperar los 3 o 10 años que le fueron impuestos como castigo.
Advertimos que la presencia ilegal dentro de los Estados Unidos puede afectar su futuro migratorio y el de su familia.
Licda. Melissa Toribio
Abogado especialista en Migración
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