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OPINIÓN

Una ley que devuelve la seguridad jurídica al propietario

Por Mayobanex Martínez, Abogado y Diputado de la República Dominicana
Miembro de la Comisión Especial que estudió el Proyecto de Ley sobre Alquileres, iniciativa del presidente Alfredo Pacheco

Durante décadas, alquilar una vivienda o un local comercial en la República Dominicana ha sido un verdadero desafío para los propietarios. La legislación vigente, anclada en decretos de mediados del siglo pasado, ofrecía más incertidumbre que protección. Recuperar un inmueble ante el incumplimiento del inquilino era, en la práctica, una carrera de obstáculos que muchos preferían no enfrentar.

Con la reciente aprobación en la Cámara de Diputados del Proyecto de Ley sobre Alquileres de Bienes Inmuebles y Desahucios, impulsado por el presidente de la Cámara, Alfredo Pacheco, y estudiado por una comisión especial que tuve el honor de integrar, el país se encamina hacia un nuevo modelo: moderno, equitativo y funcional, que devuelve la confianza a quienes deciden poner su propiedad al servicio del alquiler.

Seguridad jurídica con reglas claras: Esta ley establece que todo contrato de alquiler debe contener elementos esenciales: identificación de las partes, descripción del inmueble, destino del uso, plazo, precio, forma de pago, garantías y domicilio para notificaciones. Además, permite su registro en la oficina del ayuntamiento y la conservaduría hipotecaria, dotándolo de oponibilidad frente a terceros.

Se reconoce expresamente el derecho del propietario a exigir garantías de hasta tres meses de alquiler para viviendas y las partes podrán pactar libremente en contratos comerciales.

Desalojo expedito y justo: Uno de los avances más esperados es el procedimiento sumario para desalojos por falta de pago. Limitado a dos audiencias y con sentencia de ejecución inmediata, este proceso corta de raíz el uso abusivo de los tribunales por parte de inquilinos morosos.

Si bien se conserva el derecho de apelación, solo procederá si se consigna el doble de lo adeudado, lo que pone freno a maniobras dilatorias. Esta disposición, justa y proporcionada, restaura el respeto por la propiedad privada sin sacrificar el debido proceso.

Más inversión, más viviendas en alquiler: Esta ley es también una herramienta de desarrollo económico. Al ofrecer un entorno de reglas claras y seguras, estimula la inversión privada en proyectos habitacionales destinados al alquiler. Y donde hay más oferta, hay más competencia, mejores precios y mayor acceso para las familias.

Se trata de una política pública indirecta pero efectiva para reducir el déficit habitacional, al dinamizar la participación del sector privado en la solución del problema.

Institucionalidad para hacer cumplir la ley: La pieza también crea una estructura de respaldo: la Dirección Central de la Policía de Protección Judicial, responsable de garantizar la ejecución de las sentencias de desahucio, en coordinación con el juez de paz o de primera instancia.

Esto reduce la discrecionalidad administrativa y fortalece el respeto por el Estado de Derecho.

En conclusión, esta ley equilibra derechos y deberes, protege al propietario, fomenta el respeto al contrato, impulsa la inversión y promueve un modelo de justicia civil más ágil y transparente.

Confío en que el Senado, en su rol constitucional, sabrá valorar el impacto positivo de esta reforma y la convertirá en ley para el bien del país.

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