La seguridad ciudadana suele aparecer en el debate público cuando ocurre un crimen que conmociona a la sociedad. Entonces hablamos de endurecer las penas, aumentar el patrullaje, colocar más policías en las calles o construir nuevas cárceles. Pero quizás estamos mirando el problema desde el lugar equivocado. La pregunta constitucional no debería ser solamente cómo castigar al que delinque, sino algo mucho más profundo: ¿qué está haciendo el Estado para garantizar que una persona pueda vivir, trabajar, caminar, emprender, formar una familia y regresar a su casa sin que su vida dependa de la suerte?
Porque de poco sirve alcanzar metas profesionales, comprar una vivienda, construir un patrimonio, abrir un negocio o trabajar durante toda una vida si en cuestión de segundos una persona puede perderlo todo como consecuencia de un acto criminal. Hay bienes jurídicos que, una vez destruidos, no pueden ser restituidos. Una vida no se devuelve. Una familia no recupera a quien fue asesinado. La tranquilidad de una comunidad tampoco se reconstruye simplemente con estadísticas.
La Constitución dominicana coloca a la persona y su dignidad en el centro del ordenamiento jurídico, mientras que su artículo 255 atribuye a la Policía Nacional la misión de salvaguardar la seguridad ciudadana, prevenir y controlar los delitos, perseguir e investigar las infracciones penales y proteger el libre ejercicio de los derechos y la convivencia pacífica. Por eso, hablar de seguridad ciudadana no es hablar únicamente de política criminal. Es hablar de constitucionalismo.
Luigi Ferrajoli ha desarrollado una concepción garantista en la que los derechos fundamentales funcionan como límites y obligaciones frente a los poderes públicos, y sostiene que el Estado debe garantizar los derechos también frente a los poderes privados y a quienes pueden vulnerarlos. Esa perspectiva es indispensable, pero también nos obliga a formular otra pregunta: ¿qué ocurre cuando el Estado, por proteger correctamente las garantías del imputado, termina siendo incapaz de proteger eficazmente a la víctima y a la sociedad?
La respuesta no puede ser escoger entre los derechos de unos y los derechos de otros. El Estado constitucional tiene que proteger a ambos. El delincuente tiene derecho al debido proceso, a la vida, a la integridad y a la defensa. Pero la víctima tiene derecho a la vida, a la integridad, a la propiedad, a la tutela efectiva y a vivir en una sociedad donde el Estado sea capaz de prevenir y perseguir el delito. Una cosa no elimina la otra.
Por eso tampoco podemos caer en la peligrosa idea de que la única respuesta frente a la criminalidad es permitir ejecuciones extrajudiciales. Que una persona sea señalada como delincuente no convierte automáticamente a la Policía en juez, tribunal y verdugo. El Estado constitucional no puede combatir la criminalidad convirtiéndose él mismo en una fuente arbitraria de violencia. El uso de la fuerza policial debe estar sometido a la ley, a la necesidad, a la proporcionalidad y al control institucional. La propia Policía reconoce que la fuerza letal constituye el último recurso y que su actuación debe desarrollarse dentro del respeto a los derechos fundamentales.
La respuesta correcta no es menos Estado de derecho, sino un Estado de derecho mucho más eficaz. Pero tampoco podemos caer en el otro extremo: una concepción de los derechos humanos que termine mirando exclusivamente al autor del delito y olvide a quien perdió la vida, fue herido, asaltado, extorsionado o tuvo que cerrar su negocio por miedo. Los derechos humanos también tienen rostro de víctima.
La República Dominicana, además, no parte de cero. Las autoridades han reportado avances en materia de seguridad, incluyendo una reducción de homicidios y una estrategia que combina prevención, inteligencia, reforma institucional, control territorial y participación comunitaria. Ese dato debe reconocerse porque una discusión seria sobre seguridad no puede construirse ignorando los avances institucionales. Pero una reducción estadística no significa que el problema haya desaparecido ni que el Estado pueda conformarse.
El desafío ahora es construir una política de seguridad mucho más inteligente. Tenemos tecnología suficiente para hacerlo. Las cámaras de seguridad ya no deberían concebirse solamente como instrumentos para revisar quién cometió un delito después de ocurrido. Deben integrarse, con las debidas garantías legales, en verdaderos centros de análisis criminal capaces de detectar patrones, identificar zonas de riesgo, reconstruir rutas de escape y generar alertas tempranas.
El Sistema 911 continúa ampliando su cobertura y alcanzó el 94 % de la población nacional. ¿Por qué no llevar esa capacidad mucho más lejos? ¿Por qué no construir una verdadera red nacional de inteligencia preventiva contra el crimen, sometida naturalmente a controles judiciales, legales y democráticos? Una red donde confluyan información criminal, análisis territorial, cámaras públicas y privadas conectadas bajo reglas claras, inteligencia financiera, investigación de armas, análisis de patrones y herramientas de inteligencia artificial, siempre respetando la privacidad, el debido proceso y las garantías constitucionales.
Por Norberto Rubio
