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Santo Domingo

Senador propone extender a dos años responsabilidad penal empresarial

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El senador por la provincia La Altagracia, Rafael Barón Duluc, depositó este lunes en la Secretaría General del Senado de la República un proyecto que modifica el artículo 31 de la Ley 44-26 (Código Penal), con el propósito de ampliar a 24 meses el plazo para la entrada en vigencia del régimen de responsabilidad penal de las personas jurídicas (empresas)

El nuevo Código Penal establece que las disposiciones sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas, contenidas en los artículos 8, 9, 10 y 11, entrarían en vigencia en noviembre, luego de un plazo de tres meses contado a partir del 5 de agosto de 2026 para que las entidades pudieran adecuarse a las nuevas normativas.

Sin embargo, el senador propone extender ese período a dos años.

La iniciativa inicia ahora su trámite en el Congreso Nacional, donde deberá ser conocida y aprobada por ambas cámaras antes de ser remitida al Poder Ejecutivo.

Aclara que el diferimiento del artículo 31 no afecta las demás disposiciones del código ni la responsabilidad penal de las personas físicas.

El documento señala que la ampliación busca facilitar una implementación ordenada de las nuevas disposiciones y garantizar la adecuada preparación de sus destinatarios, así como de las instituciones que integran el sistema de justicia.

Propone que durante ese período, la Procuraduría General de la República, el Poder Judicial, la Oficina Nacional de Defensa Pública, el Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes (MICM) y otros organismos reguladores deberán desarrollar programas de capacitación y orientación para facilitar la aplicación del régimen de responsabilidad penal de las personas jurídicas.

Las acciones deberán tomar en cuenta el tamaño, la capacidad económica y el nivel de riesgo de cada entidad, con especial atención a las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), las cooperativas y las asociaciones sin fines de lucro.

Asimismo, el proyecto contempla que el MICM promueva modelos de referencia, capacitación y asistencia técnica para facilitar que las empresas adopten programas de cumplimiento y prevención acordes con sus características y nivel de exposición al riesgo.

Alcance legalLa propuesta establece, además, que durante el nuevo plazo de dos años ninguna persona jurídica podrá ser perseguida, procesada o sancionada con fundamento en las disposiciones de los artículos 8, 9, 10 y 11 de la Ley 74-25.

Por Norberto Rubio

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