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CNM: decisiones legítimas, criterios cuestionados

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Hay decisiones institucionales que deben respetarse porque forman parte de las atribuciones constitucionales de quienes las adoptan, pero respetar una decisión no significa renunciar al derecho de preguntarnos si los criterios utilizados fueron los más adecuados.

La reciente decisión del Consejo Nacional de la Magistratura de no confirmar al magistrado Francisco Antonio Jerez Mena para continuar en la Suprema Corte de Justicia merece, por lo menos, una reflexión pública. No porque un juez tenga un derecho adquirido a permanecer en la alta corte, ni porque los demás magistrados confirmados carezcan de méritos. Nada de eso. El punto es otro: ¿qué mensaje está enviando el sistema cuando un magistrado que exhibe resultados objetivos de eficiencia queda fuera de la institución?

El CNM confirmó para un nuevo período de siete años a Justiniano Montero Montero, Fran Euclides Soto Sánchez, Samuel Arias Arzeno, Anselmo Alejandro Bello Ferreras y Rafael Vásquez Goico. No confirmó a Francisco Jerez Mena ni a Vanessa Acosta Peralta. Con ello quedaron seis vacantes por llenar en la Suprema Corte de Justicia. (Diario Libre ?)

No cuestiono la facultad constitucional del Consejo. Lo que cuestiono es que una decisión de esta naturaleza pueda dejar a la sociedad con más preguntas que respuestas.

Durante el proceso de evaluación, los jueces presentaron informes sobre sus siete años de desempeño y participaron en entrevistas. El propio Poder Ejecutivo informó que el CNM otorgó a sus integrantes un plazo para estudiar esos informes y revisar las entrevistas antes de deliberar. (Presidencia de la República Dominicana ?)

Francisco Jerez llegó a esa evaluación con algo que debería tener un peso considerable en cualquier sistema moderno de administración de justicia: resultados medibles.

En abril de este mismo año, el Poder Judicial informó públicamente que la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, presidida por Jerez, había superado el rezago histórico y alcanzado lo que calificó como “mora cero”, algo presentado como inédito en la historia de esa sala. También se informó que el 98 % de los casos se conocían en primera audiencia. (Poder Judicial ?)

Entonces la pregunta es inevitable: ¿qué debe hacer un magistrado para que la eficiencia sea reconocida por el sistema?

Porque durante años hemos hablado de mora judicial. Hemos reclamado decisiones oportunas. Hemos exigido tribunales capaces de administrar adecuadamente la carga de trabajo. Hemos dicho que una justicia que tarda demasiado puede convertirse en una forma de denegación de justicia.

Y cuando aparece una sala de la máxima instancia judicial que consigue eliminar su rezago histórico, alcanzar mora cero y mejorar sus tiempos de respuesta, lo razonable sería que ese resultado formara parte sustancial de cualquier evaluación de desempeño.

Por Norberto Rubio

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