Hay un documento fechado el 5 de agosto de 2026, en inglés, colgado en el sitio corporativo de Barrick, que nombra a mi provincia con una precisión que no he encontrado en ningún papel del Estado dominicano. Enumera lo que quedaría aguas abajo si fallara la presa de colas de El Llagal: los ríos Maguaca y Yuna, y las comunidades de Zambrana Arriba, Zambrana Abajo, La Cabirma, Maricao y Cotuí. Menciona viviendas, comercios, centros de salud y templos, y la producción arrocera y ganadera del Cibao. Lo escribió la empresa. No lo escribió el ministerio.
Ese papel es una divulgación bajo el Principio 15 del Estándar Global de la Industria para la Gestión de Relaves, el GISTM, el protocolo que el Consejo Internacional de Minería y Metales —el ICMM— exige a sus miembros desde el desastre de Brumadinho. Barrick y Newmont son miembros. Y en él Barrick declara que tanto El Llagal, la presa que opera desde 2012, como El Naranjo, la que proyecta construir entre 2029 y 2045 para 500 millones de metros cúbicos de colas y estéril, están «en plena conformidad» con el GISTM.
Conviene leer despacio quién lo declara.
En este expediente hay que distinguir tres niveles que el debate público dominicano mezcla sin notarlo. Una cosa es el compromiso: lo que una empresa promete al adherirse a un estándar. Otra es la divulgación: lo que esa empresa declara por su cuenta sobre una instalación concreta. Y otra, muy distinta, es la validación independiente: lo que un tercero verificó y firmó con su nombre.
Para la República Dominicana, casi todo lo localizable pertenece a los dos primeros niveles.
La «plena conformidad» de El Naranjo y El Llagal es una autodeclaración del operador. Y la definición que el propio Barrick coloca al pie es más blanda de lo que la expresión sugiere: incluye dentro de «plena conformidad» a instalaciones que todavía requieren obras de remediación, siempre que la ingeniería básica esté completa, presupuestada y con un cronograma «aprobado por el Ejecutivo Responsable». El Ejecutivo Responsable es un funcionario de la empresa. No hay, en esos documentos, un revisor externo que ponga su firma debajo del sello.
Hasta ahí, nada ilegal ni siquiera irregular: el protocolo está diseñado así. El problema empieza en el detalle siguiente.
Barrick clasifica tanto a El Llagal como a El Naranjo en la categoría de consecuencia Extrema. En el vocabulario del GISTM eso designa una instalación cuya falla se estima capaz de causar más de cien muertes.
Para El Naranjo, sin embargo, la divulgación marca como «no aplicables» dos requisitos: el 15.1 B, de divulgación anual, y el 15.1 C, que obliga a entregar la información del escenario de rotura a las autoridades y a los servicios de emergencia. La razón formal es impecable: El Naranjo aún no existe, está en permisología y diseño de detalle. La consecuencia práctica también es clara, y es la que me interesa: no hay análisis de rotura ni mapa de inundación publicados para una presa de consecuencia Extrema que se levantará sobre la cuenca del Yuna.
Es defendible bajo el protocolo. Y es exactamente por eso que hay que decirlo: el protocolo permite certificar como conforme una presa cuyo escenario de falla el público no puede leer. Quien viva en Zambrana no tiene modo de saber, hoy, hasta dónde llegaría el agua.
Por Norberto Rubio
